He leído, en el
suplemento de Salud del grupo Vocento, una entrevista
al Juez de Menores de Granada Emilio
Calatayud en el que se refiere a un hecho que se le planteó por “razones ideológicas”, el caso es el siguiente:
“Una familia que, por sus creencias
religiosas, no admitía las transfusiones
de sangre. La madre iba a dar a luz y podía necesitar sangre, ellos se
negaban rotundamente a que la recibiera. Entonces les dije: La solución es muy sencilla: ustedes
están dentro del sistema sanitario español y yo tengo que autorizar al médico a
que adopte todas las medidas que estén a su alcance para salvar una vida; y si
entre esas medidas está la transfusión de sangre, pues habrá que hacerla. Yo
no ordené nada al médico, me limité a autorizarle a que llevara a cabo esa
intervención. Y, pese a esas razones, aquella familia seguía sin querer la transfusión.
Pero es que no había otra medida alternativa, que es algo que siempre hay que
constatar. Si se pueden conciliar los derechos de unos y otros, pues mejor que
mejor. Pero en aquel caso, ya digo, no había otro tratamiento posible que la
transfusión. Así que la única salida que me quedaba era recomendar a la
embarazada que pidiera el alta voluntaria y se fuera a dar a luz debajo de un
puente.
El entrevistador
le pregunta: ¿Eso les dijo?.
A lo que el juez
responde: Pues sí.¿Qué otra cosa podría hacer? nadie les había obligado a ir
al hospital, pero una vez que ya estaban allí debían atenerse a las normas y
conformarse con los medios que les ofrecían. Insisto, yo no di ninguna orden,
pero tenía la obligación de informarles de que no tenía más remedio que
autorizar todas las medidas que fueran necesarias para salvar la vida de la
madre y de su hijo.
Entrevistador:
¿Y que hicieron?
Juez: Se
quedaron en el hospital.”
Un tema que nos permite reflexionar
sobre nuestras leyes y las razones ideológicas individuales o de colectivos, la actuación llevada a cabo por este juez nos da motivo para hacerlo, ¿ fue justo plantearle a la parturienta y su familia ese dilema? tengamos en cuenta que hablamos de un país donde, en teoría, hay libertad religiosa, ¿hasta donde podemos llevar esa libertad individual? . El juez Calatayud aplicó en este caso el consabido refrán "donde fueres has lo que vieres" Emilio M. Martín